¿Cuáles son los tipos de cotizantes?
En la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), se reconocen tres tipos de cotizantes independientes:
Tipo de cotizante 03
Independiente: este término aplica para una persona natural que desarrolla una actividad económica o presta sus servicios de manera personal y por su cuenta y riesgo, quien está obligada a aportar a los Sistemas Generales de Salud y Pensión.
En caso de que un independiente quiera cotizar al Sistema General de Riesgos Laborales podrá hacerlo a través del tipo de cotizante 57.
Tipo de cotizante 57
Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales: se refiere a los trabajadores independientes que se afilien de manera voluntaria y aporten al Sistema General de Riesgos Laborales.
Los aportes deberán efectuarse por períodos mensuales completos (mes vencido) a los Sistemas Generales de Salud, Pensión y Riesgos Laborales, de acuerdo con el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015.
El IBC para el independiente voluntario no podrá ser inferior a un (1) salario mínimo ni superior a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Tipo de cotizante 59
Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes: esta clasificación comprende a las personas naturales vinculadas mediante un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, ya sea civil, comercial o administrativo, cuya duración sea superior a un mes.
Este debe hacer aportes a los Sistemas Generales de Salud, Pensión y Riesgos Laborales, mientras que la cotización a caja de compensación familiar es voluntaria.
Tampoco debe realizar otro tipo de aportes como: SENA, ICBF, Ministerio de Educación y ESAP.
El IBC mínimo para los Sistemas Generales de Salud, Pensión y Riesgos Laborales del cotizante 59 es de 1 SMLMV.
¿Cómo debe cotizar un independiente?
El independiente debe realizar las afiliaciones a los diferentes subsistemas, es decir:
- Pensión.
- Riesgos Laborales.
- Caja de Compensación Familiar (opcional).
- Salud.
Estas afiliaciones las debe realizar con las distintas administradoras:
- Empresa Promotora de Salud (EPS).
- Administradora de Fondo de Pensiones (AFP).
- Administradora de Riesgos Laborales (ARL).
Verifica la correcta cotización de los terceros de tu empresa
Si en tu empresa opta por la tercerización laboral u otras figuras civiles y comerciales, recuerda que debes vigilar que realicen correctamente sus aportes a seguridad social.
Es decir que debes revisar mes a mes la planilla PILA de cada independiente y confirmar que los valores coincidan con los cálculos realizados inicialmente en el contrato.
Hay una forma de facilitar este trabajo, garantizando que se cumpla la normativa y reduciendo las cargas administrativas de tu personal:
Pluxee Terceros, antes Nexoz, la plataforma 100% digital de Pluxee, antes Sodexo que se encarga de gestionar a los terceros de tu empresa, de principio a fin.