La Ley de Propiedad Horizontal explicada al detalle y actualizada (2024)

Resuelve todas tus dudas sobre la Ley de Propiedad Horizontal con esta guía que hemos preparado. Analizamos sus últimas modificaciones y cómo afecta esta Ley a la vida en las comunidades de vecinos en España. ¡Que no se te escape ni un detalle!

La Ley de Propiedad Horizontal cumplirá pronto 60 años de recorrido, desde su promulgación el 21 de Julio de 1960. Durante este tiempo, la ley ha servido para establecer las normas sobre las propiedades de pisos, locales, comunidades de vecinos, zonas comunes dentro de ellas, etc. Veamosla en profundidad con la l

La Ley de Propiedad Horizontal explicada al detalle y actualizada (1)

Fue creada precisamente por y para eso, en un momento de desarrollismo económico en España que, a la vez que modificaba las condiciones de vida de sus ciudadanos, necesitaba de instrumentos legales para regular la convivencia entre ellos. Desde entonces la LPH ha sufrido algunas modificaciones que, a pesar del esfuerzo, no han servido para definir completamente algunos de sus límites.

Y resulta especialmente problemática porque cerca del 80% de los españoles viven en comunidades de propietarios, lo que hace que sea una ley demasiado importante y demasiado desactualizada. Es por ello que sigue generando muchas dudas y problemas evidentes de interpretación, cuestiones que trataremos de aclarar en esta guía.

Temas que se tratan en esta publicación:

  • 1 Últimas modificaciones de la Ley de Propiedad Horizontal
  • 2 Descarga la Ley de Propiedad Horizontal en PDF
  • 3 De qué habla la Ley de Propiedad Horizontal
  • 4 Funciones del administrador de fincas
  • 5 El papel de las juntas de propietarios
  • 6 ¿Cada cuánto se celebran las Juntas ordinarias de propietarios?
  • 7 ¿Cuándo se celebran las Juntas extraordinarias de propietarios?
  • 8 Obligaciones de la comunidad de propietarios
  • 9 La Propiedad Horizontal en Cataluña
  • 10 Los estatutos en una Comunidad de Propietarios
  • 11 Preguntas frecuentes relativas a la Ley de Propiedad Horizontal
    • 11.1 ¿Que es el Título Constitutivo de la propiedad horizontal?
    • 11.2 ¿Que es la cuota de participación de la propiedad horizontal?
    • 11.3 ¿Qué se consideran como elementos comunes en la Ley de Propiedad Horizontal?
    • 11.4 ¿Como se aplica la Ley de Propiedad Horizontal ante los ruidos?

Últimas modificaciones de la Ley de Propiedad Horizontal

Como hemos dicho, la Ley de Propiedad Horizontal se publicó en 1960. Hasta entonces, la única norma que regía la propiedad horizontal en España era el Código Civil, que en su artículo 396, de 1889, que hacía un breve repaso de cuáles eran los elementos privativos y los elementos comunes de cada propietario.
Lógicamente, desde 1960 hasta ahora ha habido múltiples modificaciones de la Ley, cuyas fechas listamos a continuación:

  • 27/06/2013
  • 02/08/2011
  • 24/11/2009
  • 03/12/2003
  • 08/01/2000
  • 08/04/1999
  • 05/05/1992
  • 22/06/1990
  • 27/02/1988

Una de las reformas más importantes fue la de 1999. Se produjo tras una Iniciativa Legislativa Popular que consiguió recoger 832.000 firmas. El objetivo principal fue sacar adelante las propuestas del Consejo de Colegios de Administradores de Fincas, el principal impulsor de los cambios.

Con esta modificación, se consiguió, por ejemplo, que los vecinos morosos no tuvieran voto en las juntas de propietarios. Además, a partir de entonces tampoco pueden impugnar ninguna resolución de las juntas hasta que no salden sus deudas, y su nombre y apellidos son públicos para el resto de vecinos, ya que deben publicarse en las actas de reuniones de las Juntas.

La actualización de 1999 también creó, como novedad, el llamado Fondo de Reserva, un fondo económico que deben tener las comunidades de propietarios para hacer frente a gastos imprevistos o reparaciones. Durante el primer año de constitución de la Comunidad, el Fondo debe ser de al menos el 2’5% del presupuesto anual, y no menor del 5% a partir del segundo año.

También la última revisión de la Ley, de Junio de 2013, fue una actualización importante, aunque lejos de clarificar las cosas, en algunos aspectos contribuyó a enredarlas. En realidad, la modificación de la LPH en 2013 vino dada por la modificación de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que introdujo modificaciones en los artículos 2, 3, 9, 10 y 17, y derogó completamente los artículos 8, 11 y 12 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Con este cambio se aprobaron nuevas medidas, como la que obliga a los nuevos propietarios de un inmueble a correr con las deudas que pesan sobre él del año corriente y de los tres años anteriores (antes solo eran las del año en curso). A esto se le denomina Afección Real.

Esto beneficia a las Comunidades de Propietarios, ya que facilita el cobro de las deudas atrasadas, pero hay otros aspectos como el artículo 10.1 sobre el concepto de obras obligatorias y el papel de las juntas, que generan muchas dudas.

La falta de una verdadera actualización de esta ley acorde con las necesidades reales de las Comunidades de vecinos se hace evidente ya en el Preámbulo. Es curioso que la última actualización de la ley sea la de 2013, pero el preámbulo y sus justificaciones sean las de 1960.

Descarga la Ley de Propiedad Horizontal en PDF

A través del siguiente enlace puedes tener acceso al texto íntegro de la Ley de Propiedad Horizontal en formato PDF, publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Por defecto, el texto aparece con las últimas modificaciones realizadas, aunque en esta página del BOE, debajo de cada artículo puede seleccionarse la versión de la Ley que queramos, para comparar cuáles han sido las modificaciones de cada reforma.

De qué habla la Ley de Propiedad Horizontal

La Ley de Propiedad Horizontal es, básicamente, la ley que regula las comunidades de propietarios. La ley establece cuáles son, por ejemplo, los órganos de gobierno de una comunidad de vecinos y sus funciones, la labor que debe desempeñar un administrador de fincas, cuáles son los derechos y los deberes de los propietarios, o qué número de propietarios es necesario para llegar a un acuerdo en una Junta.

En realidad, quizá lo más difícil de definir es ese concepto de división horizontal de una propiedad, que tiene que ver con la compartimentación de un bloque de viviendas por la cual se establecen sub-fincas dentro de una finca más grande. Ese concepto inmaterial de división horizontal hace referencia, pues, a la división de un inmueble para definir locales, pisos y zonas comunes dentro de él, así como la cuota de participación en la Comunidad de cada espacio.

En definitiva, la Ley de Propiedad Horizontal establece las normas de funcionamiento y convivencia dentro de una comunidad, aunque como hemos visto más arriba, no siempre responde a todas las necesidades de los propietarios.
Para comprender mejor el funcionamiento de esta ley y su utilidad, veamos a continuación algunas de las funciones de los miembros de una comunidad de vecinos. Comencemos por la figura del administrador de fincas.

Funciones del administrador de fincas

Las funciones que tiene un administrador de fincas quedan definidas en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal. Son las siguientes:

  • Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
  • Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
  • Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.
  • Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
  • Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
  • Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.

El cargo de administrador puede ejercerlo el presidente de la comunidad, pero también existe la posibilidad de delegar este puesto en otro propietario (mediante acuerdo de la Junta) o bien en una persona física o jurídica externa (una gestoría, por ejemplo), también tras un acuerdo de la Junta de propietarios.

Existe en este caso una cuestión que resulta fundamental aclarar: la necesidad o no de colegiarse para ejercer como administrador de fincas. La respuesta a esta cuestión es NO, no es necesario estar colegiado para ejercer como administrador.

Resulta llamativo que la LPH únicamente exija, en su artículo 13.6, que los administradores tengan “cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones”. En ningún caso se habla de colegiación y, además, a partir del año 2009, con la entrada en vigor de la conocida como Ley Ómnibus, se estableció el libre acceso a las actividades de servicios, entre las que se encuentra la administración de fincas.

En cualquier caso, la colegiación del administrador es recomendable, porque de esta manera contará con el amparo jurídico del Colegio Oficial, además de los seguros obligatorios que protejan sus actuaciones, un seguro de caución y un seguro de Responsabilidad Civil.

Existe también otro problema con la descripción de las funciones de un administrador que hace la LPH. Se puede caer fácilmente en una indefinición de las funciones, dando lugar a malentendidos o a, lo que ocurre más de una vez, la asunción de responsabilidades que no les corresponden por parte de los administradores de fincas.

Hablamos de tareas que no tienen porqué estar entre sus atribuciones, como realizar pequeñas obras en la comunidad, cambiar una bombilla o mantener limpio el portal. Lo conveniente, por tanto, es dejar claro tras el nombramiento del administrador cuáles van a ser sus tareas específicas en el contrato.

Veamos ahora, el cometido de las Juntas de propietarios, sus atribuciones y seguidamente cuándo y cómo deben reunirse.

El papel de las juntas de propietarios

Según el artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal, las atribuciones de las Juntas de Propietarios en una comunidad de vecinos son las siguientes:

  • Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos.
  • Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.
  • Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, y ser informada de las medidas urgentes adoptadas por el administrador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.c).
  • Aprobar o reformar los estatutos y determinar las normas de régimen interior.
  • Conocer y decidir en los demás asuntos de interés general para la comunidad, acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común.

Puede decirse que las Juntas de propietarios son los espacios en los que cada dueño de pisos o locales dentro de un inmueble puede ejercer su libertad para expresar su acuerdo o desacuerdo con las decisiones que se han tomado o que se van a tomar. Las Juntas deberían ser el lugar en el que se resuelven los problemas que afectan a varios propietarios, aunque lamentablemente eso no siempre es posible y muchas casuísticas acaban en los juzgados.

Un consejo: Si tienes un problema con otros propietarios y vas a asistir a una junta, trata de informarte antes lo máximo posible. Es lógico que cada uno defienda sus intereses, así que solo el conocimiento de la ley puede ayudarte.

Veamos ahora cuáles son los plazos para reunir a una Junta. Este aspecto es importante porque si no se cumplen estrictamente los plazos y la forma de convocatoria, cualquier vecino puede impugnar los acuerdos que se tomen en ella alegando defectos de forma.

¿Cada cuánto se celebran las Juntas ordinarias de propietarios?

La Ley de Propiedad Horizontal establece en el artículo 16.1 que las juntas ordinarias deben celebrarse, al menos, una vez al año, para aprobar los presupuestos y las cuentas.

Además de esa convocatoria obligatoria, se establece que se pueden convocar más Juntas ordinarias cuando lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25% de las cuotas de participación.

La convocatoria de las Juntas ordinarias debe hacerse con una antelación mínima de seis días.

¿Cuándo se celebran las Juntas extraordinarias de propietarios?

Como hemos dicho, las Juntas ordinarias se celebran una vez al año, así que según las disposiciones de la ley, por exclusión, las Juntas extraordinarias serían todas las demás. En este caso, no hay un plazo establecido para notificar la reunión extraordinaria, y la Ley de Propiedad Horizontal solo indica que deben realizarse con la antelación que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados.

Según el artículo 16.1, las Juntas extraordinarias también debe convocarlas el presidente, o cuando lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación.

Es decir, que en el caso de que el Presidente no quisiera convocar una Junta, el 25% de los propietarios, o un grupo que represente el 25% de las cuotas de participación de toda la comunidad, pueden convocarla. La LHP tampoco es demasiado concreta en este aspecto, porque en el apartado siguiente, el 16.2, dice, literalmente, que las juntas debe convocarlas “el presidente, y en su defecto, los promotores de la reunión”.

Esa expresión de “en su defecto” significa legalmente que la convocatoria de un grupo de propietarios es subsidiaria de la del presidente, o lo que es lo mismo, que ese grupo de vecinos pueden convocar una junta cuando el presidente no pueda o no quiera hacerlo.

Este aspecto es importante porque si hay un enfrentamiento entre un grupo de vecinos y el presidente, los vecinos deben comunicar formalmente, con una prueba escrita como un burofax, la intención de realizar una Junta. Si no se realiza una comunicación formal al presidente y se comunica sólo de manera verbal, el presidente podría negar luego que hubiera recibido esa comunicación y podría impugnar la Junta organizada por el grupo de propietarios.

Por supuesto, la convocatoria de una Junta extraordinaria, ya sea por parte del presidente o por parte de ese 25% de los propietarios, debe hacerse ajustándose a las normas establecidas en el propio artículo 16 de la LPH (fecha, hora y lugar de la convocatoria, promotores de la reunión, indicación de primera y segunda convocatoria, lista de propietarios que no están al corriente de pago según el artículo 15.2 y orden del día).

Estas son algunas de las obligaciones que establece la LPH para los propietarios, pero existen otras normas que debemos conocer para saber, como por ejemplo, si estamos obligados a dejar entrar en nuestra casa al fontanero para que repare una avería que afecta a la comunidad.

Obligaciones de la comunidad de propietarios

Dentro de una comunidad de vecinos, los propietarios tienen algunas obligaciones ineludibles que pasamos a describir. En el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal se describen las obligaciones de cada propietario por separado, tales como abonar las cuotas de la comunidad, mantener sus pisos o locales en buenas condiciones, no realizar intervenciones en ellos que puedan perjudicar a otros vecinos o permitir que se realicen en sus propiedades obras o intervenciones exigidas por el conjunto del inmueble, con derecho a ser resarcido en caso de que se produzcan daños o perjuicios.

Por otro lado, el artículo 10 de la misma ley indica cuáles son las obligaciones de la Comunidad de propietarios, que tras las modificaciones del año 2013 se pueden resumir en que las Comunidades tienen la obligación de realizar, sin que sea necesario el acuerdo previo de la Junta de propietarios e independientemente de que se modifiquen o no el Título Constitutivo o los Estatutos, las siguientes actuaciones:

TE INTERESA: Extintores en comunidades de vecinos: normativa y obligaciones

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.

Estas actuaciones tendrán un carácter obligatorio en caso de que las reclame una Administración Pública o los propietarios. Dentro de los límites referidos en el apartado b), los costes de las mismas los asumirá la Comunidad. Al tratarse de actuaciones obligatorias, la Junta de propietarios sólo podrá intervenir para distribuir el coste de la derrama entre los propietarios y decidir cuáles son los métodos y los plazos de pago.

Repasemos ahora brevemente las diferencias en el ordenamiento jurídico de la propiedad horizontal que tiene Cataluña dentro del Estado español, puesto que entre ambos territorios existen algunas diferencias importantes.

La Propiedad Horizontal en Cataluña

El régimen jurídico de la propiedad horizontal en Cataluña está regulado en el Código Civil de Cataluña, concretamente en Libro V, Título V, Capítulo III. El Libro V del C.C.C. fue aprobado con la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Es decir, que la propiedad horizontal en Cataluña tiene una regulación específica recogida en su Código Civil, con algunas diferencias respecto a la ley estatal.

Por ejemplo, para la modificación de los Estatutos o del Título Constitutivo en Cataluña, no es necesaria la unanimidad sino 4/5 de propietarios que representen las 4/5 partes de cuotas.

Otra diferencia es que desaparece la figura del Vicepresidente y se establece que serán los Estatutos de cada Comunidad de Propietarios quienes podrán prever la creación de más órganos.

La llamada afección real de la que hablábamos al principio también es ahora diferente. Desde 2013, en España un nuevo propietario debe hacerse cargo de las deudas que tenga el piso o local que va a comprar con la Comunidad, tanto las del año en curso como las de los tres años anteriores. En Cataluña, tras la reforma del Código Civil de 2015, esa afección real se amplia al año en curso y a los cuatro anteriores.

Como vemos, son pequeñas diferencias que pueden alterar sustancialmente las circunstancias de una comunidad de vecinos, por lo que conviene conocer bien esta legalidad específica de Cataluña en materia de propiedad horizontal.
Veamos ahora un elemento muy útil y discutido en las Comunidades de vecinos, los estatutos. Este aspecto está regulado en el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal, pero puede dar lugar a confusiones con otros elementos normativos dentro de la comunidad.

Los estatutos en una Comunidad de Propietarios

Antes que nada, hay que tener en cuenta una diferencia importante: no son lo mismo los estatutos de una comunidad que el Título Constitutivo. Sobre este último hablaremos en el siguiente apartado, pero debes saber que los Estatutos no son obligatorios por ley, y por tanto, no todas las Comunidades de Propietarios los tienen.

See Also
Bolo Mobile

Tampoco debemos confundir los Estatutos con el Reglamento de Régimen Interior, un documento que tampoco tiene carácter obligatorio en el que pueden detallarse las normas de convivencia que afecten a los vecinos, como la tenencia o no de mascotas, los horarios para sacar la basura o las normas de comportamiento en la piscina comunitaria, por ejemplo.

Los estatutos, por su parte, son los documentos que describen los derechos y las obligaciones de los propietarios de viviendas y locales dentro de un inmueble, así como los usos y destinos que se les da a cada uno de los espacios. No hay un modelo concreto para la redacción de los estatutos, por lo que para hacerlo es importante contar con el asesoramiento de un Administrador de fincas profesional.

Una vez redactados, deben aprobarse en Junta por unanimidad y es recomendable inscribirlos en el Registro de la Propiedad, asociados al inmueble. Al inscribirlos los hacemos públicos, por lo que podrán ser conocidos por un futuro comprador de un piso o de un local en el edificio. En caso de que no se inscriban en el Registro, la obligación de cumplirlos solo será para los propietarios actuales, pero no para los futuros.

Veamos, para finalizar, algunas cuestiones que se dan con cierta frecuencia relativas a la Ley de Propiedad Horizontal. Son aspectos que conviene tener claros para evitar malentendidos y mejorar la convivencia vecinal.

Preguntas frecuentes relativas a la Ley de Propiedad Horizontal

¿Que es el Título Constitutivo de la propiedad horizontal?

El Título Constitutivo es el contenido de la llamada Escritura de División Horizontal, un documento que describe jurídicamente a cada comunidad de propietarios. Se trata de un documento de vital importancia en el que se detallan las características del edificio, los elementos privativos y los elementos comunes, los linderos, las servidumbres y las cuotas de participación que les corresponden a cada piso o local del inmueble.

El contenido de este documento viene dado por el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal. En todas las comunidades de vecinos, por el hecho de haberse constituido como tales, debe existir esta Escritura de División Horizontal.

¿Que es la cuota de participación de la propiedad horizontal?

Decíamos más arriba que una Junta extraordinaria puede convocarse si lo piden el 25% de los propietarios o el 25% de las cuotas de participación. Estas cuotas son los porcentajes de propiedad que le corresponden a cada propietario. Es decir, si sumamos los porcentajes de cada piso, de los locales y de las zonas comunes, obtenemos el 100% del total del inmueble.

Las cuotas vienen fijadas en la escritura de división horizontal a la que hemos aludido, y se basan en tres factores:

  • La superficie útil de cada piso o local.
  • La situación de cada piso o local, dependiendo si es interior o exterior.
  • El uso que se presume que cada piso o local puede hacer de los elementos comunes.

Estos tres factores son los que fijan las cuotas de participación y son los que explican, por ejemplo, que dos propietarios tengan cuotas distintas aunque tengan pisos del mismo tamaño.

¿Qué se consideran como elementos comunes en la Ley de Propiedad Horizontal?

En materia de propiedad, la Ley distingue entre elementos privativos y elementos comunes. Los elementos privativos son aquellos de los que sus propietarios pueden hacer un uso individual que excluye al resto de vecinos y de los que se tiene la llamada titularidad privativa. Estos elementos privativos son, fundamentalmente, pisos, locales, trasteros, plazas de parking, etc.

Por el contrario, los elementos comunes son aquellos sobre los que se tiene una titularidad compartida o común para uso o disfrute por parte de todo el inmueble. Para saber cuáles son esos elementos comunes, la Ley de Propiedad Horizontal nos remite al artículo 396 del Código Civil, que describe como elementos comunes:

  • Los suelos, el vuelo (el espacio teórico sobre el edificio que podría aprovecharse, por ejemplo, para colocar una antena o para construir más pisos si fuera posible y necesario), las cimentaciones y las cubiertas.
  • Los elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga.
  • Las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elemento de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores.
  • Los espacios como el portal, las escaleras, la portería, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores, depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso aquéllos que fueren de uso privativo.
  • Los ascensores.
  • Las instalaciones, conducciones y canalizaciones (hasta la entrada al espacio privativo), para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar. También las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos, las de detección y prevención de incendios, las de portero electrónico y otras instalaciones de seguridad general del edificio.
  • También se incluyen las instalaciones de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación.

El motivo de esta exposición tan detallada de los elementos comunes que nos ofrece el Código Civil es que ningún propietario pueda realizar alteraciones de estos elementos por su cuenta.

¿Como se aplica la Ley de Propiedad Horizontal ante los ruidos?

Los ruidos y las molestias causadas por otros vecinos son uno de los problemas más habituales dentro de una comunidad. La LPH da algunas claves, en su artículo 7, sobre cómo actuar ante un vecino.

El apartado 2 dice, literalmente, que al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.

Como en otras ocasiones, la redacción de la ley resulta bastante deficiente si atendemos a miles de situaciones diferentes que ocurren con los ruidos vecinales. En realidad, el problema de los ruidos resulta difícil de resolver si se agota la vía amistosa. Es decir, el primer paso que deben tomar los vecinos afectados por los ruidos de otro vecino es hablar con él para exponerle la situación. Muchos problemas de este tipo acaban aquí, pero si el vecino responde mal y se niega a desistir de sus actividades molestas, comienza un periplo poco gratificante para quienes soportan las molestias.

El siguiente paso sería, siguiendo la ley, que el Presidente aperciba al infractor y le advierta de que si no cesan las molestias, se emprenderán acciones legales contra él.

En caso de persistir, el paso final sería interponer una demanda, aunque este punto es difícil de llevar a buen puerto. Por un lado, por los costes económicos que nos puede ocasionar un proceso judicial. Por otro, la necesidad de acreditar fehacientemente que se están produciendo esos ruidos. Para eso, es imposible, por ejemplo, contratar un notario que de fe de que todos los días a las 2 de la madrugada nuestro vecino tiene la música muy alta, pero una queja formal de un buen número de vecinos afectados puede ser útil frente a un juicio.

En cualquier caso, hasta que no haya una sentencia firme de un juez no todo está ganado para los afectados por los ruidos. Hay muchos tipos distintos de ruidos (música, muebles, el ascensor, un bar en los bajos, golpes…) y no todos son iguales a la hora de combatirlos judicialmente. Ahora bien, en el caso de que haya una sentencia que exija al vecino ruidoso el cese de sus actividades (o medidas cautelares antes del dictamen del juez), deberá cumplirla bajo pena de indemnización a los afectados y privación del uso de la vivienda o local por un periodo de hasta tres años; así como la expulsión del inmueble en caso de ser un inquilino.

Como ves, los ruidos son un problema de difícil solución en la convivencia vecinal, y por desgracia bastante común. Por ello, lo fundamental es tratar de evitar los ruidos dentro de nuestra propia casa, para invitar a los demás vecinos a que hagan lo mismo. Uno de los ruidos más comunes son los generados por las obras, así que puedes echarle un vistazo a estos consejos si quieres hacer obras sin causar molestias a los vecinos.

Esperamos que todo lo que has podido leer en esta guía sobre la Ley de Propiedad Horizontal haya respondido a tus dudas. Si todavía te han quedado preguntas sin respuesta déjanos un comentario y trataremos de ayudarte. Y si te ha resultado útil este contenido, ¡háznoslo saber y compártelo!

Por último, si estás pensando en contratar un seguro de comunidades para tu edificio, no te pierdas esta guía en la que te explicamos todas las coberturas que pueden tener estos seguros y cuáles son los mejores del mercado: Seguros para comunidades explicados al detalle.

También puedes comparar precios y ahorrar en el seguro de tu comunidad revisando los precios que te ofrecen las principales aseguradoras con mejores seguros para comunidades desde aqui:

Contrata el mejor seguro para tu comunidad

Compara las mejores ofertas de las aseguradoras de comunidades y contrata las mejores coberturas multirriesgo, daños, inundaciones, incendios, plagas... al mejor precio en menos de 3 minutos.

Comparar seguros de comunidades

Y si quieres saber saber más sobre seguros inmobiliarios, no te pierdas nuestras guías sobre alquiler:

  • Guía para alquilar un piso
  • Los mejores seguros de alquiler para vivienda – Comparativa 2020.

Compártenos en:

Publicaciones Relacionadas:

  • Como hacer obras en casa sin causar molestias

    Hacer obras en casa sin causar molestias es posible. Descubre todos los pasos y consejos reformar tu casa sin poner en peligro la relación con tus vecinos.

  • Seguros para comunidades explicados al detalle

    Los seguros de comunidades son muy útiles porque protegen tu edificio frente a muchos riesgos. ¡Conoce aquí todas sus coberturas y ventajas!

  • La Política de Protección Ambiental al detalle

    Conoce todo sobre la política de protección ambiental. Su aplicación mundial, sus características, cómo afecta a las empresas y ¡mucho más!

  • La enfermedad de Crohn explicada al detalle

    En esta guía te explicamos todo sobre la enfermedad de Crohn: sus causas, síntomas, tratamientos, la alimentación recomendada y mucho más.

  • La baja por maternidad explicada al detalle

    Todo lo que tienes que saber sobre la baja por maternidad, su duración, requisitos, beneficiarios, procedimiento y mucha más información.

  • Conoce todos los cambios de la Ley del Alquiler

    Conoce todos los cambios y novedades de la nueva ley de alquiler con esta lista que resolverá todas tus dudas.

La Ley de Propiedad Horizontal explicada al detalle y actualizada (2024)

FAQs

¿Qué dice la Ley propiedad horizontal? ›

Definición de la Propiedad Horizontal: La Ley de Propiedad Horizontal establece que la Propiedad Horizontal es aquella forma de propiedad de un inmueble, dividido en unidades independientes, cada una de las cuales se atribuye a un propietario, quien es el único responsable de la conservación, uso y disfrute de la misma ...

¿Cuál es la Ley de Propiedad Horizontal vigente en Venezuela? ›

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE VENEZUELA (Última reforma de 1983) Artículo 1. - Los diversos apartamentos y locales de un inmueble podrán pertenecer a distintos propietarios de acuerdo con las disposiciones de la presente Ley y, en cuanto no se opongan a éstas, las del Código Civil.

¿Cuál es la Ley que rige la propiedad horizontal en Colombia? ›

La Ley 675 del 2001 o de Propiedad Horizontal regula los inmuebles donde confluyen derechos de propiedad ex- clusiva sobre bienes privados, y derechos de copropiedad sobre el terreno y los demás bienes comunes.

¿Cuándo se aplica la propiedad horizontal? ›

Para ejemplificarlo de un modo más sencillo, la propiedad horizontal se aplica en edificios que cuenten con viviendas particulares, como una comunidad de vecinos, mientras que la propiedad vertical atañe a un inmueble que pertenece a un único propietario, como un hotel, por ejemplo.

¿Que está prohibido en la propiedad horizontal? ›

ALGUNAS PROHIBICIONES COMUNES:

Está Prohibido modificar las fachadas y zonas comunales, cambiar el estilo de puertas y ventanas, colocar rejas distintas a las autorizadas por el reglamento o la asamblea. Esto con el fin de preservar el estilo arquitectónico de la edificación.

¿Qué obligaciones tiene una propiedad horizontal? ›

Cuidar y vigilar los bienes comunes, y ejecutar los actos de administración, conservación y disposición de los mismos, de conformidad con las facultades y restricciones fijadas en el Reglamento de Propiedad Horizontal.

¿Cuál es la última Ley de Propiedad Horizontal? ›

Publicado en: «BOE» núm. 176, de 23/07/1960.

¿Qué dice el artículo 47 de la Ley 675? ›

Todo propietario a quien se le niegue la entrega de copia de acta, podrá acudir en reclamación ante el Alcalde Municipal o Distrital o su delegado, quien a su vez ordenará la entrega de la copia solicitada so pena de sanción de carácter policivo.

¿Qué dice el artículo 39 de la Ley 675? ›

La Asamblea General se. reunirá ordinariamente por lo menos una vez al año, en la fecha señalada en el reglamento de propiedad.

¿Cuáles son los derechos y deberes de los copropietarios? ›

“Cada propietario tiene derecho de dominio exclusivo sobre su unidad privada. Quiere decir que puede vender, enajenar, gravar o ceder la tenencia de su unidad privada, a cualquier título. Por supuesto, hay límites a este derecho, impuestos por las leyes y reglamentos.

¿Quién manda en la propiedad horizontal? ›

El administrador de una propiedad horizontal es el representante de la persona jurídica, a quien mediante decisión de la asamblea general, se le encomendó la administración del edificio o conjunto, para que realice los actos y contratos necesarios para el funcionamiento de la propiedad horizontal, de acuerdo con las ...

¿Qué dice el artículo 37 de la Ley 675? ›

ARTÍCULO 37. INTEGRACIÓN Y ALCANCE DE SUS DECISIONES. La asamblea general la constituirán los propietarios de bienes privados, o sus representantes o delegados, reunidos con el quórum y las condiciones previstas en esta ley y en el reglamento de propiedad horizontal.

¿Qué tipos de propiedad horizontal existen? ›

Tipos de propiedad horizontal

Los conjuntos o edificios sometidos a propiedad horizontal se clasifican en tres tipos según sea el uso de los inmuebles que la conforman: residencial, mixto o comercial, tal como explica el artículo 3, de la Ley 675 de 2001.

¿Cómo se divide una propiedad horizontal? ›

Partes propias y comunes

Son partes propias: Cada uno de los departamentos o pisos son de propiedad de su dueño o dueña. También pueden ser propios, si constan en la escritura, locales, oficinas, bauleras y cocheras.

¿Qué dice el artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal? ›

Artículo 18.-

La Junta de Condominio, deberá estar integrada por tres copropietarios por lo menos y tres suplentes que llenarán sus faltas en orden a su elección; será designada por la Asamblea de Copropietarios y sus integrantes duran un (1) año en ejercicio de sus funciones y podrán ser reelectos.

¿Qué hacer con un vecino ruidoso en propiedad horizontal? ›

Acudir a la Policía

Dirigirse hasta el lugar de los hechos. Informarle la infracción que presuntamente cometió. El vecino tendrá el derecho de defensa. Si las autoridades consideran que la infracción si ocurrió, podrá imponer un comparendo e incluso desactivar la fuente de ruido si el infractor se niega.

¿Que no puede hacer un administrador de propiedad horizontal? ›

Los órganos de administración, dirección y control de la propiedad no podrán representar en las reuniones del máximo órgano social (asamblea ordinaria de propietarios) unidades o inmuebles distintos de los propios, ni sustituir o asignar los poderes que se les confieran.

¿Quién responde por filtraciones en propiedad horizontal? ›

Responsabilidad de la Propiedad Horizontal:

Cuando la humedad provenga por ejemplo de un balcón, terrazas, cubiertas o patios y éstos son de acceso para todos los propietarios, corresponde a la P.H. solucionarlo.

¿Quién supervisa el administrador? ›

Es importante que en las empresas se cree un consejo administrativo debido a que éste hace el papel de intermediario entre socios y administrador; dicho consejo tiene como función supervisar y comparar presupuestos, así como también podrán evaluar el desempeño del administrador con respecto a sus responsabilidades.

¿Qué dice el artículo 50 dela Ley 675? ›

El Gobierno Nacional podrá disponer la constitución de pólizas que garanticen el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los administradores de edificios o conjuntos de uso comercial, mixto o residencial.

¿Qué dice el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal? ›

Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

¿Cuánto puede subir la cuota de la comunidad? ›

El pago de la comunidad de vecinos según la ley de Arrendamientos urbanos y la Ley de Propiedad Horizontal no puede superar el 15% (IVA aparte).

¿Cuántos años se puede ser presidente de una comunidad de vecinos? ›

La Ley de Propiedad Horizontal establece que la duración del cargo de Presidente de la Comunidad, y la del resto de órganos de gobierno, será de un año salvo que los estatutos dispongan otra cosa al respecto.

¿Qué Ley reemplaza la Ley 13.512 de propiedad horizontal? ›

Por empezar, la ley 26.994 deroga a la ley 13.512 de Propiedad Horizontal (conf. art. 3 ) y trata la temática referida a este derecho real dentro del articulado del nuevo Código, específicamente entre los artículos 2037 y 2069.

¿Qué dice el artículo 53 dela ley 675? ›

Los edificios o conjuntos de uso comercial o mixto, integrados por más de treinta (30) bienes privados excluyendo parqueaderos o depósitos, tendrán un consejo de administración, integrado por un número impar de tres (3) o más propietarios de las unidades privadas respectivas, o sus delegados.

¿Qué dice el artículo 51 de la ley 675 de 2001? ›

Funciones del administrador. La administración inmediata del edificio o conjunto estará a cargo del administrador, quien tiene facultades de ejecución, conservación, representación y recaudo.

¿Quién cita a reunion de consejo en propiedad horizontal? ›

Una de las funciones principales del presidente del Consejo de Administración es la convocatoria de dicho órgano. Esta función es responsabilidad, principalmente, suya y, por tanto, es a este representante a quien los accionistas deben exigir el cumplimiento de dichas reuniones.

¿Quién vigila a los administradores de los conjuntos residenciales? ›

“Los conjuntos están regidos por la asamblea general de propietarios, el consejo de administración y el representante legal.

¿Qué hacer si la administración de un edificio no resuelve? ›

Se debe acudir al Consejo de Administración del conjunto residencial. Este organismo es el encargado de velar por el correcto desempeño del administrador en el cumplimiento de todas sus funciones.

¿Cuál es el salario de un administrador de propiedad horizontal? ›

La tarifa de retención en la fuente sobre el pago o abono en cuenta que se haga a los administradores de propiedad horizontal, por los servicios prestados, debe ser el 4%.

¿Dónde se registra el reglamento de propiedad horizontal? ›

Un edificio o conjunto se somete al régimen de propiedad horizontal mediante escritura pública registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.

¿Quién nombra el administrador en PH? ›

Nombramiento, Forma de Contrato, Garantías

(Lea mas sobre este tema en "¿Quien nombra al Administrador?") El presidente de la asamblea general, o el presidente del consejo, donde este organo exista, sera quien firme el contrato a nombre de la copropiedad.

¿Quién puede impugnar un acta de asamblea? ›

Los legitimados para impugnar o demandar un acto o decisión de una asamblea son por lo general los socios, los administradores y el revisor fiscal cuando lo haya.

¿Qué pasa si no se publica el acta de la asamblea? ›

En los casos en que no se elabore, firme y/o publique el acta de la asamblea en el tiempo que dispone la Ley y en consecuencia no pueda ser impugnada, se infringe de esa manera el derecho fundamental al debido proceso, que supone aún para los particulares el deber de obedecer al conjunto de trámites y normas que ...

¿Cómo se impugna una asamblea de propiedad horizontal? ›

Una decisión de la asamblea general se puede impugnar cuando la misma vulnera la ley o el reglamento de la propiedad horizontal de la copropiedad (art. 49 Ley 675 de 2.001), y la demanda se debe dirigir contra la copropiedad (art.

¿Quién puede convocar una asamblea de propietarios? ›

De hecho, la convocatoria está a cargo del administrador, del consejo de administración, del revisor fiscal o de un número de propietarios que representen por lo menos la quinta parte de los coeficientes de copropiedad.

¿Quién es el dueño del terreno en un edificio? ›

La norma general en nuestro Derecho es que el dueño de un terreno es dueño de las construcciones que se alcen sobre dicho terreno, lo que técnicamente se conoce como “accesión”.

¿Qué pasa si un propietario no quiere vender? ›

Para realizar esto, quien vende debe acudir con un juez o notario público para dar aviso a los demás condueños de la intención de vender, ya que estos tienen preferencia para la compra. Esto último se llama derecho del tanto. El aviso debe contener las condiciones de la venta: precio, fecha y lugar, forma de pago.

¿Qué responsabilidad tiene el Consejo de propietarios? ›

El Consejo cuenta con atribuciones para fiscalizar los aspectos económicos y financieros del consorcio y puede autorizar al administrador para disponer del fondo de reserva, ante gastos imprevistos y mayores que los ordinarios.

¿Cuántos votos se necesitan para cambiar de administrador? ›

Se necesita una mayoría simple tanto en número de propietarios (la mitad más uno de los propietarios) como en porcentaje de cuota de participación (más del 50% de propiedad del inmueble representada) para que se apruebe el cambio de administración.

¿Qué dice el artículo 24 de la Ley de Propiedad Horizontal? ›

- Cada propietario podrá servirse de las cosas comunes según su destino ordinario y sin perjuicio del uso legítimo de los demás, salvo que de conformidad con esta Ley se haya atribuido su uso exclusivamente a un determinado apartamento o local a determinados apartamentos o locales.

¿Qué dice el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal? ›

Artículo 9. 1. Son obligaciones de cada propietario: e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.

¿Qué gastos son comunes en la propiedad horizontal? ›

Son gastos comunes a todos los propietarios o parte de ellos, según el caso: a. Los causados por la administración, conservación, reparación o reposición de cosas comunes; b. Los que se hubieran acordado como tales por el setenta y cinco por ciento (75%) por lo menos, de los propietarios; c.

¿Cuáles son los derechos de los propietarios en propiedad horizontal? ›

Cada propietario tiene dominio exclusivo sobre su unidad privada. Puede vender, enajenar, gravar o ceder la tenencia de su unidad privada a cualquier título. Al uso y disfrute de las zonas comunes. Participar con voz y voto en la Asambleas de copropietarios y formar parte de los órganos de administración.

¿Cuáles son los derechos de los propietarios? ›

Es el derecho que tiene toda persona de usar, gozar, disfrutar y disponer sus bienes de acuerdo a la ley. Dicho derecho será protegido por el Estado, por lo que nadie podrá ser privado, ni molestado en sus a bienes sino en virtud de un juicio que cumpla con las formalidades esenciales del procedimiento.

¿Qué dice el artículo 17 de la Ley horizontal? ›

Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

¿Qué dice el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal? ›

Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

¿Qué dice el artículo 39 de la ley 675? ›

La Asamblea General se. reunirá ordinariamente por lo menos una vez al año, en la fecha señalada en el reglamento de propiedad.

¿Quién resuelve los conflictos de propiedad horizontal? ›

Finalmente, se debe tener en cuenta que únicamente el proceso judicial es el que genera cosa juzgada material y formal, por ser el juez natural que dirime el conflicto de fondo.

¿Qué dice el artículo 582 del Código Civil? ›

No se puede abrir ventanas con vistas rectas, ni balcones u otros voladizos semejantes, sobre la finca del vecino, si no hay dos metros de distancia entre la pared en que se construyan y dicha propiedad.

¿Qué derechos tiene cada copropietario sobre la cosa común? ›

Todo copropietario tiene derecho para obligar a los partícipes a contribuir a los gastos de conservación de la cosa o derecho común. Sólo puede eximirse de esta obligación el que renuncie a la parte que le pertenece en el dominio.

¿Cuáles son los tres elementos de la propiedad? ›

1 Relación jurídica de propiedad. 2 Cosa objeto de propiedad. 3 Sujeto titular del derecho de propiedad.

¿Qué dice el artículo 50 de la Ley 675 del 2001? ›

El Gobierno Nacional podrá disponer la constitución de pólizas que garanticen el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los administradores de edificios o conjuntos de uso comercial, mixto o residencial.

¿Quién puede asistir a las reuniones de vecinos? ›

La persona legalmente autorizada para acudir a la junta es el propietario y será quién puede emitir su voto. Éste puede delegar su voto en otra persona que le represente, sea o no parte de la comunidad. A la junta también puede asistir el administrador y cualquier otra persona que el tema a tratar sea de su interés.

¿Cuántos votos tiene un propietario de más de una vivienda? ›

El propietario de varios pisos tiene voto único en junta, ya que en las comunidades de propietarios rige el principio de «cada propietario, un voto», tal y como exige el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Top Articles
Latest Posts
Article information

Author: Msgr. Benton Quitzon

Last Updated:

Views: 6365

Rating: 4.2 / 5 (63 voted)

Reviews: 86% of readers found this page helpful

Author information

Name: Msgr. Benton Quitzon

Birthday: 2001-08-13

Address: 96487 Kris Cliff, Teresiafurt, WI 95201

Phone: +9418513585781

Job: Senior Designer

Hobby: Calligraphy, Rowing, Vacation, Geocaching, Web surfing, Electronics, Electronics

Introduction: My name is Msgr. Benton Quitzon, I am a comfortable, charming, thankful, happy, adventurous, handsome, precious person who loves writing and wants to share my knowledge and understanding with you.